Proyecto de Ley foral de Modificación y Actualización del Fuero Nuevo
Hace unas semanas se aprobó el proyecto de Ley foral de Modificación y Actualización del Fuero Nuevo, el código civil navarro que fue promulgado en 1973 y llevaba prácticamente sin tocar desde entonces. Tras muchos meses de trabajo por parte de expertos Navarra ya cuenta con todo el derecho civil privado que rigen desde uniones matrimoniales hasta herencias y testamentos, pasando por contratos entre particulares y otros actos.
A la espera de que el proyecto de Ley llegue al Parlamento de Navarra para ser debatido y aceptado estos son las principales modificaciones, respecto a ley anterior, que se describen.
UNIONES CONYUGALES
- La pareja estable. la reforma del Fuero Nuevo supera el matrimonio por la Iglesia como única unión posible y contempla la figura la unión de dos personas como pareja estable. Dos personas, mayores de edad, emancipadas y que vivan juntas una situación análoga a la matrimonial podrán constituirse como pareja estable y decidir sobre su régimen. A partir de unos mínimos, el Fuero Nuevo otorga libertad para determinar qué régimen se quiere. El Gobierno foral implementará un registro único en el que las parejas tendrán que inscribirse, aunque esto es algo que todavía tiene que debatirse.
- El divorcio: La figura del divorcio se reescribe desde un prisma moderno y útil: se introduce la figura de la crisis familiar y se regulan la guardia y custodia, las estancias y contactos con otros familiares, los deberes de alimentación, habitación, educación y asistencia material y emocional, la atribución de la vivienda y los gastos ordinarios. Se fomenta el pacto de parentalidad como primera opción y se introduce la figura del coordinador parental para mediar y reducir la litigiosidad.
HERENCIAS
- Libertad para testar. Se eliminan todas las figuras anacrónicas relativas a los impedimentos para heredar de hijos fuera del matrimonio u otras nupcias y se modifica el testamento de hermandad de tal manera que no sea imposible revocar el contrato en el caso de que una de las partes devenga incapaz. Se mantiene la figura de la legítima navarra como fórmula a la hora de poder fijar herencias para cada descendiente.
- Anular contratos. Para evitar los abusos de influencia, se habilita la posibilidad de anular contratos que suscriban personas en vulnerabilidad (por ejemplo, dependientes) por parte de los herederos.
- Equiparación de hermanos. Se ha modificado el orden de suceder y se ha equiparado a los hermanos con independencia de su vínculo doble o sencillo.
- Cambios en la dación en pago. En materia de obligaciones se ha mejorado la redacción en materia de dación en pago, cesión de créditos y derecho de retracto. Se establece la dación en pago, la dación para pago y dación en pago necesaria, la que puede aceptar el juez en caso de iliquidez del deudor.
El Gobierno confía en que el Parlamento apruebe “por unanimidad” el proyecto.
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