El día 21 de diciembre salía la noticia: “Los bancos deberán realizar una devolución de cláusulas suelo con efecto retroactivo”. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se oponía así a la decisión del Tribunal Supremo español. La Comisión Europea ya había emitido en octubre de 2015 un informe por el que obligaba a las entidades bancarias a devolver todo el dinero cobrado desde el inicio de la hipoteca por aplicar estas cláusulas. Sin embargo, el Tribunal Supremo español había decidido en mayo de 2013 que, aunque las cláusulas suelo de las hipotecas eran abusivas, las personas afectadas sólo podrían recuperar los intereses abonados desde la fecha de la sentencia y no desde que suscribieron la hipoteca.
Cuando la Comisión Europea emitió el informe de octubre de 2015 en el que obligaba a las entidades bancarias a la devolución de cláusulas suelo desde que las personas afectadas suscribieron la hipoteca, sólo se vieron afectadas BBVA, Cajamar, Abanca y Banco Popular. En la nueva sentencia, la corte europea considera que esa limitación no protege completa y suficientemente a las personas consumidoras, por lo que sentencia a favor de la retroactividad de las devoluciones por cláusulas suelo abusivas.
El argumento principal de la mayoría de entidades bancarias es que la nueva sentencia sólo afecta a las entidades que ya se vieron afectadas por el informe de 2015. Es decir, BBVA, Cajamar, Abanca y Banco Popular.
Por su parte, BBVA ha declarado que esperará a que los tribunales españoles concreten la aplicación de los cliterios establcidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Caja Rural fue la entidad bancaria en Navarra más activa a la hora de aplicar las cláusulas suelo. En su breve comunicado, la entidad explicaba que "no se ha producido ningún pronunciamiento judicial firme que con carácter general afecte a las cláusulas suelo en Caja Rural de Navarra". Caja Rural es también una de las entidades que considera que la sentencia se refiere únicamente a aquellos casos concretos en los que se determine judicialmente la nulidad de alguna cláusula en el contrato y añadió que "no prevé impacto adicional alguno derivado de esta sentencia" en sus cuentas anuales.
Según un informe del Banco de España, esta sentencia significa que la banca tendrá que devolver entre 5.000 y 7.600 millones de euros si devuelve todos los intereses cobrados indebidamente antes de mayo de 2013. Otros informes apuntan a cifras menores como el del BBVA y Banco Popular, que estiman unos 5.800 millones de euros o el de Goldman Sachs que estima una cantidad entre los 1.800 y los 334 millones.
El veredicto permite a unos dos millones de personas reclamar lo que pagaron indebidamente. Alrededor de un 30% y un 40% de las hipotecas firmadas en España incluye algún tipo de cláusula suelo.
Las cláusulas suelo son aquellas que establecen que aunque el Euribor (o el índice elegido) disminuya por debajo del tipo de interés, la persona que contrata una hipoteca debe pagar un mínimo, limitando la bajada si esta se produce.
Estás cláusulas no son ilegales si aparecen bien visibles y se informa de su existencia y sus consecuencias. Sin embargo, se consideran abusivas si no se informa de ello. Es importante prestar atención a cada detalle a la hora de contratar una hipoteca.
Las cláusulas suelo también reciben los nombres de "límites a la aplicación del interés variable", "límite a la variabilidad" y "límite al tipo de interés variable"