Cédula de Habitabilidad: qué es, para que sirve y cómo solicitarla
La Cédula de Habitabilidad es el DNI de la vivienda, un trámite al que no siempre se le da toda la importancia que tiene, pero que es imprescindible para cualquier operación de compraventa. Al igual que la Nota Simple o las Escrituras, es un documento indispensable para cerrar una operación de compraventa.
Definición
Según el Decreto Foral 142/2004, que regula las condiciones mínimas de habitabilidad e las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra, la Cédula de Habitabilidad es
“un documento administrativo expedido por el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra que acredita el cumplimiento de la normativa sobre habitabilidad para que una construcción pueda ser considerad vivienda y, por tanto, apta para uso residencial mediante su ocupación habitual como morada humana”.
De dicha descripción, se desprenden varias consecuencias importantes:
- Ocupación habitual
No todas las construcciones son aptas como morada humana ni pueden utilizarse como vivienda habitual. Dichas construcciones no pueden habitarse como vivienda habitual ni alquilarse a terceros. Puede ser el caso de ciertas casas de campo, lofts, entreplantas, bajos acondicionados como txokos… - Contratos de suministros para la vivienda
Por ley, no pueden suscribirse ni mantenerse contratos de luz, gas y agua en la modalidad de suministros para vivienda. Quizá sí en otra modalidad, pero no en ésta. - Profesiones relacionadas
Notarías, registros y agencias inmobiliarias exigirán cédula de habitabilidad en vigor para la constitución de contratos de compraventa o arrendamiento. Para ello, en tu agencia inmobiliaria, pueden facilitarte un documento para que lo firmes y ellos puedan solicitar la cédula en tu nombre al Departamento de Vivienda. Si la tienes disponible y en vigor, puedes adelantarte al trámite y facilitarlo tú. Si vas a comprar una casa, puedes exigir ver la cédula antes de acudir a notaría y formalizar la compraventa. - Reformas
Para que la Cédula de Habitabilidad sea expedida, la vivienda debe cumplir una normativa determinada. Esto es importante a la hora de realizar reformas, podemos tener la Cédula concedida, pero al cambiar la distribución dejar de cumplir la normativa.
Por ello, antes de otorgar licencias de obras los ayuntamientos requieren informe previo de habitabilidad (y en muchos casos su correspondiente proyecto de obras). Es importante asegurarse que tras las obras se seguirán cumpliendo las condiciones exigidas para la Cédula de Habitabilidad, sobre todo si se ha modificado la distribución o se han cambiado de sitio las zonas húmedas de la vivienda.
Contenido de la Cédula de Habitabilidad
La Cédula de Habitabilidad está compuesta por los siguientes datos, como podéis comprobar en la imagen:
- Número.
- Clase.
- Localización de la vivienda.
- Identificación catastral.
- Piezas principales y su superficie útil. Aquí, si por ejemplo un dormitorio no cumple con los requisitos básicos exigidos no aparecerá. Es importante fijarse bien, pues se puede estar comprando una vivienda con tres dormitorios, de los cuales sólo dos cumplan la normativa.
- Superficie útil total de la vivienda.
- Altura de los techos.
- Antigüedad de la vivienda y/o del edificio.
- Fecha en que fue concedida la cédula de habitabilidad.
- Fecha en que caduca la cédula.
Quién puede solicitar la Cédula de Habitabiliad y cómo hacerlo
La Cédula de Habitabilidad se solicita en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del gobierno de Navarra. En el caso de ser un edificio o vivienda de obra nueva, la deben solicitar el arquitecto o el constructor.
En el caso de viviendas de Segunda Mano (clase B o renovación), la debe solicitar quien ostenta la propiedad de la vivienda. Se permite que otras personas y entidades soliciten la cédula en nombre de los propietarios, siempre que se tenga autorización de estos. Para la solicitud de la Cédula se deben presentar los siguientes documentos:
- Instancia de solicitud: puedes descargarla aquí.
- Escrituras, copia simple o cualquier documento que acredite propiedad u ocupación de la vivienda.
- Documento que acredite la antigüedad de la vivienda: se aceptan certificados municipales, informes técnicos o documentos catastrales.
- Declaración jurada del solicitante indicando que no se han efectuado obras en la vivienda que alteren sus condiciones de habitabilidad o su superficie después del 1 de julio de 1985. También puedes descargarla aquí.
- Si se han realizado obras después del 1 de julio de 1985, se debe presentar el proyecto técnico para que confirmen que las reformas no han modificado la habitabilidad de la vivienda.
- DNI o CIF del solicitante, junto con la escritura pública o acta de constitución en este último caso.
Exenciones
En determinados casos, se puede eximir a la vivienda de cumplir alguno de los requisitos de habitabilidad. Estos casos son:
- Que la construcción sea anterior al 1 de marzo de 1944.
- Que el residente acredite derecho de propiedad y su utilización como alojamiento habitual con fecha anterior al 1 de julio de 1985. En este caso, dicha autorización de uso se otorgará únicamente al residente o residentes, y solamente ellos podrán contratar los suministros de agua, gas y electricidad.
- Que se justifique la imposibilidad del cumplimiento de la normativa de habitabilidad.
- Que se trate de una obra de nueva planta en el centro histórico cuya configuración parcelaria impida cumplir la condición.
- Que la vivienda esté diseñada para cumplir consideraciones bioclimáticas y la solución alternativa proporcione prestaciones similares a las derivadas de la condición incumplida.
Si te ha quedado cualquier duda relativa a la Cédula de Habitabilidad o a cualquier otro trámite necesario para la compraventa de una vivienda, déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo.