El Gobierno de España, ha anunciado una reforma fiscal para 2015 que atañe a distintos aspectos de la declaración de la renta, entre ellos las reducciones y deducciones por vivienda. No se va a aplicar todavía en dicha reforma fiscal en Navarra, y aún no se conocen los términos en los que se aplicará en nuestra comunidad.
ACTUALIZACIÓN: artículo con la Reforma Fiscal en Navarra de 2015 aplicada en 2016
Nos parece importante aclarar primero que SÓLO se pagan impuestos cuando se vende una vivienda SI SE OBTIENE BENEFICIO. Es decir, si el precio de venta de dicho inmueble supera su valor de adquisición (sea en la modalidad que sea: donación, aceptación de herencia, compraventa…) En la situación actual de bajada de precios es difícil que una venta genere beneficios, a no ser que se haya aceptado una herencia en un importe muy bajo o el piso se haya comprado hace mucho tiempo, cuando los precios de la vivienda eran más bajos que los actuales.
La base de la reforma fiscal en cuanto a compraventa de vivienda, está en la eliminación de coeficientes reductores, que hasta ahora facilitaban que se tributara únicamente por la revalorización real de la vivienda y no por la subida total de su precio, además de incentivar al ahorro a largo plazo y a la inversión en vivienda. Estos coeficientes reductores se eliminan, dando como resultado diferencias brutales en la carga impositiva si se vende una vivienda en 2014 y si se hace después del 1 de enero de 2015.
Por ejemplo, si adquiriste una vivienda en 1990 por 75.000€ y la vendes por 116.000€, con la normativa actual tendrías que pagar a Hacienda 2.375€ mientras que si vendieras el piso por el mismo importe tras el 1 de enero de 2015, tendrías que abonar 8.900€
Puedes comprobar esta diferencia con el valor de vuestra vivienda en esta calculadora. (Pincha en la imagen para abrir la página)
Tras la reforma fiscal de 2015, desaparecerá la desgravación por alquiler de las personas inquilinas y las reducciones de quienes alquilen su piso en propiedad no superarán en ningún momento el 60%. Una medida altamente criticada por el nuevo recorte que supone a las posibilidades de la juventud de independizarse. También se estima que crecerá el número de alquiler sin declarar.
Todavía no se ha aplicado la reforma fiscal en Navarra, pero queremos recordarte cómo se tributa actualmente.
En Navarra se sigue pagando el Impuesto de Incremento Patrimonial aplicándole diferentes coeficientes reductores según año en que se compró la vivienda
Queremos insistir en que sólo se tributa en el caso de que exista ganancia patrimonial, si no se obtiene beneficio de la venta, no se tributa. Además estarán exentas de tributar las personas:
Mientras se determina cómo se aplicará la Reforma Fiscal en Navarra a partir de 2015, los alquileres siguen desgravando tanto a la parte propietaria como a la parte arrendataria.
La parte inquilina puede seguir desgravándose el 15% de las rentas abonadas en concepto de alquiler. Además, aunque entrará en vigor la reforma fiscal en Navarra, sólo afectaría a los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015, sin haberse previsto que tenga carácter retroactivo.
La parte propietaria podrá seguir reduciéndose de su declaración hasta 40 % de los ingresos netos generados por el alquiler.
A fecha de 1 de enero de 2016 se ha aplicado una nueva reforma fiscal en Navarra, puedes leer los detalles que afectan a la vivienda en nuestro artículo "Reforma fiscal en Navarra: cambios en vivienda"
Puedes acceder a más información sobre las desgravaciones fiscales en materia de vivienda en Navarra en nuestro artículo “Ahorra en tu declaración de la renta 2013”. En el momento en que se detalle la aplicación de la Reforma Fiscal 2015 en Navarra, te informaremos de todas sus implicaciones.
Si aún te queda alguna duda sobre trámites en la compraventa o alquiler de viviendas en Navarra, pásate por nuestro artículo “Compraventa de viviendas en Navarra: particularidades”.
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